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La justicia española se niega a entregar a empresario venezolano por espionaje a Maduro

Audiencia Nacional

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado autorizar al Gobierno español a que extradite a Venezuela al empresario Diego José Mármol Rojo, quien según el testimonio de un opositor venezolano había facilitado información de cómo el régimen de Nicolás Maduro evade las sanciones impuestas al Gobierno de Caracas en la venta de petróleo. Así consta en un auto de 17 de abril, al que ha tenido acceso en exclusiva El Periódico de España.

La Fiscalía de Venezuela, dirigida por Tarek William Saab -sancionado por la Unión Europea por la persecución de los opositores-, comisionó a la Dirección General de Contrainteligencia Militar, el contraespionaje venezolano, para que investigara una supuesta venta ilegal de petróleo, en la que habría participado el reclamado, Mármol Rojo. En concreto, las autoridades fiscales y judiciales de Caracas aludían a que había participado en un supuesto “ataque sistémico en contra de la industrial petrolera nacional, representada por Petróleos de Venezuela (PDVSA)”.

Según las pesquisas procedentes de este país las actuaciones presuntamente irregulares del reclamado no solo afectaban a las empresas concernidas, sino que también habían lesionado el patrimonio público, “ya que estos grupos estructurados cometen actos de piratería utilizando buques con identificaciones y banderas falsas para sustraer el crudo nacional para comerciarlo ilícitamente en provecho propio”.

En su auto, los magistrados recuerdan, en este sentido, que los hechos económicos por los que reclamaban al naviero no son delito en España. Además, sostienen que ya en otras ocasiones habían rechazado la entrega de personas reclamadas por Venezuela cuando la investigación la habían llevado a cabo funcionarios adscritos a la Dirección General de Contrainteligencia Militar o cuando habían intervenido en el proceso de extradición el mencionado Willian Saab o el presidente del Tribunal Supremo de este país, Maikel José Moreno Pérez, responsable de estas pesquisas.

Un testigo

“El testigo Carlos Molina Tamayo declaró en la vista que es Contralmirante de la Armada venezolana, reside en España y forma parte de un grupo de opositores al Gobierno de Venezuela en el exilio que tratan de restituir la democracia en el país, y que en esa misión Diego José Mármol Rojo ha colaborado con él suministrándole información acerca de cómo el régimen de Nicolás Maduro evade las sanciones impuestas a Venezuela y sigue comerciando con petróleo que saca del país con barcos a los que cambia de nombre y adoptando otras medidas para evitar que sean detectados en alta mar, información que a su vez ha sido suministrada a las autoridades de Estados Unidos”, especifica la resolución judicial.

La declaración del Contralmirante, que participó en el golpe de Estado de 2002 contra Hugo Chávez, también confirmó el testimonio del naviero Mármol Rojo, que en su declaración en la Audiencia Nacional dijo que temía por su vida si llegaba a ser extraditado a Venezuela. Aseguró, en este sentido, que el propio jefe de la Dirección de Contrainteligencia Militar le informó de que la Vicepresidencia del Gobierno había dado instrucciones claras para que cuando fuera atrapado tenía que ser “torturado para sacarle información».

Delitos políticos

«En la demanda extradicional se dice que los delitos investigados no tienen carácter político y la naturaleza fundamentalmente económica de estos así parece evidenciarlo», relatan los magistrados, que de forma contraria concluyen: «Sin embargo, la declaración del testigo Carlos Molina Tamayo corroborando las afirmaciones del reclamado, hace que no podamos desdeñar que existe riesgo de que el temor expresado por Diego José Mármol Rojo a sufrir la vulneración de sus derechos pudiera materializarse en caso de ser entregado lo que, unido a la no concurrencia del principio de doble incriminación, nos lleva a declarar no procedente acceder a la extradición del reclamado».

Además, el abogado del naviero también aludió en sus alegaciones a la falta de garantías para que su cliente pudiera tener un juicio con las debidas garantías procesales en Venezuela. En concreto, explicó que el ponente de la resolución de Venezuela que declaraba procedente la extradición había sido el magistrado de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel José Moreno Pérez; y el fiscal que emitió la opinión favorable es el fiscal general del Estado Tarek William Saab: «Ambos sancionados por la Unión Europea por haber apoyado y facilitado las acciones y políticas del gobierno que han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, así como por apoyar públicamente acciones contra los opositores al Gobierno», concluye el auto.

entornointeligente.com

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La Fiscalía de Venezuela, dirigida por Tarek William Saab -sancionado por la Unión Europea por la persecución de los opositores-, comisionó a la Dirección General de Contrainteligencia Militar, el contraespionaje venezolano, para que investigara una supuesta venta ilegal de petróleo, en la que habría participado el reclamado, Mármol Rojo. En concreto, las autoridades fiscales y judiciales de Caracas aludían a que había participado en un supuesto “ataque sistémico en contra de la industrial petrolera nacional, representada por Petróleos de Venezuela (PDVSA)”.

Según las pesquisas procedentes de este país las actuaciones presuntamente irregulares del reclamado no solo afectaban a las empresas concernidas, sino que también habían lesionado el patrimonio público, “ya que estos grupos estructurados cometen actos de piratería utilizando buques con identificaciones y banderas falsas para sustraer el crudo nacional para comerciarlo ilícitamente en provecho propio”.

En su auto, los magistrados recuerdan, en este sentido, que los hechos económicos por los que reclamaban al naviero no son delito en España. Además, sostienen que ya en otras ocasiones habían rechazado la entrega de personas reclamadas por Venezuela cuando la investigación la habían llevado a cabo funcionarios adscritos a la Dirección General de Contrainteligencia Militar o cuando habían intervenido en el proceso de extradición el mencionado Willian Saab o el presidente del Tribunal Supremo de este país, Maikel José Moreno Pérez, responsable de estas pesquisas.

Un testigo

“El testigo Carlos Molina Tamayo declaró en la vista que es Contralmirante de la Armada venezolana, reside en España y forma parte de un grupo de opositores al Gobierno de Venezuela en el exilio que tratan de restituir la democracia en el país, y que en esa misión Diego José Mármol Rojo ha colaborado con él suministrándole información acerca de cómo el régimen de Nicolás Maduro evade las sanciones impuestas a Venezuela y sigue comerciando con petróleo que saca del país con barcos a los que cambia de nombre y adoptando otras medidas para evitar que sean detectados en alta mar, información que a su vez ha sido suministrada a las autoridades de Estados Unidos”, especifica la resolución judicial.

La declaración del Contralmirante, que participó en el golpe de Estado de 2002 contra Hugo Chávez, también confirmó el testimonio del naviero Mármol Rojo, que en su declaración en la Audiencia Nacional dijo que temía por su vida si llegaba a ser extraditado a Venezuela. Aseguró, en este sentido, que el propio jefe de la Dirección de Contrainteligencia Militar le informó de que la Vicepresidencia del Gobierno había dado instrucciones claras para que cuando fuera atrapado tenía que ser “torturado para sacarle información».

Delitos políticos

«En la demanda extradicional se dice que los delitos investigados no tienen carácter político y la naturaleza fundamentalmente económica de estos así parece evidenciarlo», relatan los magistrados, que de forma contraria concluyen: «Sin embargo, la declaración del testigo Carlos Molina Tamayo corroborando las afirmaciones del reclamado, hace que no podamos desdeñar que existe riesgo de que el temor expresado por Diego José Mármol Rojo a sufrir la vulneración de sus derechos pudiera materializarse en caso de ser entregado lo que, unido a la no concurrencia del principio de doble incriminación, nos lleva a declarar no procedente acceder a la extradición del reclamado».

Además, el abogado del naviero también aludió en sus alegaciones a la falta de garantías para que su cliente pudiera tener un juicio con las debidas garantías procesales en Venezuela. En concreto, explicó que el ponente de la resolución de Venezuela que declaraba procedente la extradición había sido el magistrado de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, Maikel José Moreno Pérez; y el fiscal que emitió la opinión favorable es el fiscal general del Estado Tarek William Saab: «Ambos sancionados por la Unión Europea por haber apoyado y facilitado las acciones y políticas del gobierno que han menoscabado la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela, así como por apoyar públicamente acciones contra los opositores al Gobierno», concluye el auto.

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