Inicio Destacados Dueños de comercios o emprendedores pueden protegerse frente a riesgos en Venezuela

Dueños de comercios o emprendedores pueden protegerse frente a riesgos en Venezuela

Mediante la cobertura otorgada a través de pólizas empresariales, comercios pueden garantizar la continuidad del negocio si ocurre un siniestro

Diversos eventos o siniestros pueden poner en riesgo la operatividad de una compañía, ya sean naturales o causados por la mano del hombre, sin embargo existen pólizas de seguros que garantizan la continuidad del comercio o la pyme afectada al proteger, por ejemplo, la infraestructura, la maquinaria o la mercancía de dicha empresa, dependiendo de la cobertura contratada.

Consultada sobre esta posibilidad, Gleimy Miranda, gerente Comercial de Seguros Venezuela (Segven), explica que este tipo de producto puede resguardar, además del negocio propiamente dicho, el patrimonio del propietario y de sus posibles accionistas, a través de la indemnización al beneficiario de la póliza sobre las pérdidas o daños sufridos a los bienes asegurados durante la vigencia del contrato.

“Hay que subrayar que las aseguradoras son las únicas instituciones que reponen capital o bienes en caso de siniestros, de allí la importancia de realizar una inversión en la adquisición de un seguro que permita mantener protegida la empresa y que garantice el patrimonio del asegurado”, señala Miranda.

El producto que ofrece Segven en este sentido es el llamado Combinado Empresarial. La Gerente detalló que este tipo de producto ampara a los clientes en caso siniestros causados por el hombre, como incendio, robo, rotura de una maquinaria, daños maliciosos, motín y hasta disturbios callejeros o los peligros más lesivos que son los causados por la naturaleza, como terremoto, huracán e inundación.

Pólizas a la medida

La gerente Comercial explica que para contratar una póliza como esta se requiere, por parten del tomador, la declaración en términos monetarios de los valores a asegurar desglosados por partidas (edificación, mobiliario, existencias, entre otros), con el fin de determinar las sumas aseguradas, las condiciones que regirán en la póliza y, por supuesto, la prima o costo del seguro.

La atención al asegurado puede brindarse de diferentes formas: Que la compañía de seguros asista el asegurado en contratar todos los proveedores que sean necesarios para reparar los daños causados por el siniestro hasta dejar los bienes asegurados en las mismas condiciones que se encontraban antes de la ocurrencia del evento.

La otra modalidad es la indemnización a los beneficiarios en un plazo no mayor a 30 días, luego de recibir el último recaudo requerido para el análisis y ajuste del caso, el monto de la pérdida correspondiente.

Miranda explica que el asegurador puede hacer uso de ambas opciones siempre bajo el principio indemnizatorio de las pólizas.

Fuente https://www.eluniversal.com/economia/104643/duenos-de-comercios-o-emprendedores-pueden-protegerse-frente-a-riesgos

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Consultada sobre esta posibilidad, Gleimy Miranda, gerente Comercial de Seguros Venezuela (Segven), explica que este tipo de producto puede resguardar, además del negocio propiamente dicho, el patrimonio del propietario y de sus posibles accionistas, a través de la indemnización al beneficiario de la póliza sobre las pérdidas o daños sufridos a los bienes asegurados durante la vigencia del contrato.

“Hay que subrayar que las aseguradoras son las únicas instituciones que reponen capital o bienes en caso de siniestros, de allí la importancia de realizar una inversión en la adquisición de un seguro que permita mantener protegida la empresa y que garantice el patrimonio del asegurado”, señala Miranda.

El producto que ofrece Segven en este sentido es el llamado Combinado Empresarial. La Gerente detalló que este tipo de producto ampara a los clientes en caso siniestros causados por el hombre, como incendio, robo, rotura de una maquinaria, daños maliciosos, motín y hasta disturbios callejeros o los peligros más lesivos que son los causados por la naturaleza, como terremoto, huracán e inundación.

Pólizas a la medida

La gerente Comercial explica que para contratar una póliza como esta se requiere, por parten del tomador, la declaración en términos monetarios de los valores a asegurar desglosados por partidas (edificación, mobiliario, existencias, entre otros), con el fin de determinar las sumas aseguradas, las condiciones que regirán en la póliza y, por supuesto, la prima o costo del seguro.

La atención al asegurado puede brindarse de diferentes formas: Que la compañía de seguros asista el asegurado en contratar todos los proveedores que sean necesarios para reparar los daños causados por el siniestro hasta dejar los bienes asegurados en las mismas condiciones que se encontraban antes de la ocurrencia del evento.

La otra modalidad es la indemnización a los beneficiarios en un plazo no mayor a 30 días, luego de recibir el último recaudo requerido para el análisis y ajuste del caso, el monto de la pérdida correspondiente.

Miranda explica que el asegurador puede hacer uso de ambas opciones siempre bajo el principio indemnizatorio de las pólizas.

Fuente https://www.eluniversal.com/economia/104643/duenos-de-comercios-o-emprendedores-pueden-protegerse-frente-a-riesgos

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