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Pandemia agrava violación de DDHH de venezolanos en el exterior, según Redac

Ibis León

La Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos (Redac), creado por el Centro de Justicia y Paz, alerta que los venezolanos migrantes y refugiados han visto vulnerados sus derechos a solicitar refugio, a tener un trabajo, una vivienda, un documento de identidad y acceso a la salud.

La pandemia de COVID-19 exacerbó las detenciones irregulares, los desalojos arbitrarios y los despidos injustificados, según reportaron los activistas desplegados en Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, España, Perú y Estados Unidos.

En el informe Voces que deben ser escuchadas: testimonios y análisis de personas venezolanas migrantes y refugiadas ante la situación de movilidad humana durante la pandemia, presentado este viernes 18 de diciembre, se documenta la afectación de al menos nueve derechos fundamentales. Estos son:

Derecho a la expedición de documentos de identidad. A raíz de la declaratoria de la pandemia de COVID-19, el derecho de los venezolanos migrantes o refugiados de tramitar, renovar y la expedición en general de sus documentos en el país receptor quedó suspendido o limitado.

Los trámites para obtener la residencia temporal y permanente en Argentina, por ejemplo, fueron afectados por la declaratoria de emergencia sanitaria.  “Todo esto trajo como consecuencia que, a pesar de haber declarado la prórroga de los documentos de identidad vencidos, en la práctica, los venezolanos denuncian que para determinados trámites ante organismos privados y / o públicos le han rechazado el documento nacional de identidad por no encontrarse vigente”, señala Nicole Hernández miembro de Redac.

Los funcionarios públicos en Chile también aplican de forma irregular el decreto de extensión de cédulas de identidad para extranjeros vencidas durante el año 2019.

En España, debido a las prohibiciones de movilidad por el decreto de estado de alarma, quienes deseaban solicitar asilo no pudieron manifestar presencialmente esa voluntad, como establece la ley, por no tener acceso a las oficinas pertinentes. Tampoco las autoridades migratorias permitieron iniciar los trámites por vía electrónica dejando en un limbo jurídico a estas personas.

Derecho a la protección. Las personas venezolanas en situación de movilidad humana con un estatus migratorio irregular o incluso con documento migratorio no están incluidas en las políticas públicas, planes especiales o de recuperación económica, social o de empleo, ayuda a los emprendedores, al trabajo informal o acceso a las ayudas humanitarias de los países de destino.

Derecho a la salud. Activistas y personas defensoras en Perú, Ecuador, Chile, Colombia confirman que el acceso a la salud de personas migrantes con un estatus migratorio irregular es precario. En muchos países la inexistente protección laboral deja a muchos migrantes fuera del sistema de salud público.

Derecho al trabajo. Se reportaron despidos de venezolanos migrantes o refugiados sin acceso a compensaciones laborales y sin tener ayudas o programas de pensión gubernamental.

Según una encuesta realizada por el Centro para el Desarrollo Económico (EquilibriumCenDE), 43% de migrantes venezolanos en Colombia, Perú, Ecuador y Chile se quedaron sin empleos ni ingresos que les ayude a sustentar sus gastos de alquiler, comida y medicamentos como consecuencia de COVID-19.

En Argentina, existe una dificultad para incorporarse al mercado laboral, incluso antes de la pandemia, a pesar de que muchas de las personas migrantes cuentan con un título universitario. Se estimaba que para 2019, el 71% de las personas venezolanas en Argentina se encontraba en el mercado informal.

Derecho a la vivienda. Las personas activistas en Chile, Perú, Ecuador, reportan que a pesar de que los Estados tomaron una medida de prohibición de los desalojos esta no ha sido cumplida.

En Colombia, muchos venezolanos se quedaron desempleados y fueron desalojados por no pagar el arriendo en Cúcuta. Este es uno de los motivos de retorno, se calcula que entre 500 a 600 personas están cruzando diariamente por el corredor humanitario hacia Venezuela.

Prohibición de expulsión o de devolución. En derecho internacional, este principio prohíbe a los Estados firmantes de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados expulsar o devolver a migrantes y refugiados a los territorios donde su vida o libertad peligre por causa de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o por sus opiniones políticas.

Esta prohibición de expulsión o principio de no devolución ha sido incumplida por Trinidad y Tobago. Este Estado ha expulsado al menos a 165 personas venezolanas hasta agosto del 2020.

 Detenciones irregulares. Las personas migrantes y refugiadas venezolanas fueron detenidas como consecuencia de un estatus migratorio irregular a pesar de tener derecho a refugio, otros fueron detenidos a pesar de no estar en procesos por irregularidad. Esto ocurre en Curazao y Trinidad y Tobago.

 Derecho a retornar al país de origen. En el informe se señala que la falta de vuelos humanitarios para el retorno de venezolanos en el extranjero, así como el cierre de municipios fronterizos decretados por Nicolás Maduro y las condiciones “inhumanas” en las que se mantiene en cuarentena a estas personas en la frontera colombo-venezolana afecta este derecho.

 Derecho a vivir una vida libre de violencia. Se advierte que las mujeres y niñas venezolanas “se encuentran en grave riesgo de ser víctimas de trata, explotación sexual, violencia sexual y violencia reproductiva.

En el caso de la salud sexual y reproductiva, las barreras para acceder a estos servicios de salud son mayores en pandemia. “Estas barreras se traducen en la ausencia de métodos anticonceptivos, deficiencias en la atención en salud materno infantil, falta de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y falta de aplicación del protocolo de atención a víctimas de violencia sexual”, advierte Selene Soto, miembro de la organización Women’s Link y Redac.

Fuente https://efectococuyo.com/politica/pandemia-agrava-violacion-de-ddhh-de-venezolanos-en-el-exterior-segun-redac/

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Pandemia agrava violación de DDHH de venezolanos en el exterior, según Redac

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La pandemia de COVID-19 exacerbó las detenciones irregulares, los desalojos arbitrarios y los despidos injustificados, según reportaron los activistas desplegados en Argentina, Chile, Colombia, Ecuador, España, Perú y Estados Unidos.

En el informe Voces que deben ser escuchadas: testimonios y análisis de personas venezolanas migrantes y refugiadas ante la situación de movilidad humana durante la pandemia, presentado este viernes 18 de diciembre, se documenta la afectación de al menos nueve derechos fundamentales. Estos son:

Derecho a la expedición de documentos de identidad. A raíz de la declaratoria de la pandemia de COVID-19, el derecho de los venezolanos migrantes o refugiados de tramitar, renovar y la expedición en general de sus documentos en el país receptor quedó suspendido o limitado.

Los trámites para obtener la residencia temporal y permanente en Argentina, por ejemplo, fueron afectados por la declaratoria de emergencia sanitaria.  “Todo esto trajo como consecuencia que, a pesar de haber declarado la prórroga de los documentos de identidad vencidos, en la práctica, los venezolanos denuncian que para determinados trámites ante organismos privados y / o públicos le han rechazado el documento nacional de identidad por no encontrarse vigente”, señala Nicole Hernández miembro de Redac.

Los funcionarios públicos en Chile también aplican de forma irregular el decreto de extensión de cédulas de identidad para extranjeros vencidas durante el año 2019.

En España, debido a las prohibiciones de movilidad por el decreto de estado de alarma, quienes deseaban solicitar asilo no pudieron manifestar presencialmente esa voluntad, como establece la ley, por no tener acceso a las oficinas pertinentes. Tampoco las autoridades migratorias permitieron iniciar los trámites por vía electrónica dejando en un limbo jurídico a estas personas.

Derecho a la protección. Las personas venezolanas en situación de movilidad humana con un estatus migratorio irregular o incluso con documento migratorio no están incluidas en las políticas públicas, planes especiales o de recuperación económica, social o de empleo, ayuda a los emprendedores, al trabajo informal o acceso a las ayudas humanitarias de los países de destino.

Derecho a la salud. Activistas y personas defensoras en Perú, Ecuador, Chile, Colombia confirman que el acceso a la salud de personas migrantes con un estatus migratorio irregular es precario. En muchos países la inexistente protección laboral deja a muchos migrantes fuera del sistema de salud público.

Derecho al trabajo. Se reportaron despidos de venezolanos migrantes o refugiados sin acceso a compensaciones laborales y sin tener ayudas o programas de pensión gubernamental.

Según una encuesta realizada por el Centro para el Desarrollo Económico (EquilibriumCenDE), 43% de migrantes venezolanos en Colombia, Perú, Ecuador y Chile se quedaron sin empleos ni ingresos que les ayude a sustentar sus gastos de alquiler, comida y medicamentos como consecuencia de COVID-19.

En Argentina, existe una dificultad para incorporarse al mercado laboral, incluso antes de la pandemia, a pesar de que muchas de las personas migrantes cuentan con un título universitario. Se estimaba que para 2019, el 71% de las personas venezolanas en Argentina se encontraba en el mercado informal.

Derecho a la vivienda. Las personas activistas en Chile, Perú, Ecuador, reportan que a pesar de que los Estados tomaron una medida de prohibición de los desalojos esta no ha sido cumplida.

En Colombia, muchos venezolanos se quedaron desempleados y fueron desalojados por no pagar el arriendo en Cúcuta. Este es uno de los motivos de retorno, se calcula que entre 500 a 600 personas están cruzando diariamente por el corredor humanitario hacia Venezuela.

Prohibición de expulsión o de devolución. En derecho internacional, este principio prohíbe a los Estados firmantes de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados expulsar o devolver a migrantes y refugiados a los territorios donde su vida o libertad peligre por causa de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o por sus opiniones políticas.

Esta prohibición de expulsión o principio de no devolución ha sido incumplida por Trinidad y Tobago. Este Estado ha expulsado al menos a 165 personas venezolanas hasta agosto del 2020.

 Detenciones irregulares. Las personas migrantes y refugiadas venezolanas fueron detenidas como consecuencia de un estatus migratorio irregular a pesar de tener derecho a refugio, otros fueron detenidos a pesar de no estar en procesos por irregularidad. Esto ocurre en Curazao y Trinidad y Tobago.

 Derecho a retornar al país de origen. En el informe se señala que la falta de vuelos humanitarios para el retorno de venezolanos en el extranjero, así como el cierre de municipios fronterizos decretados por Nicolás Maduro y las condiciones “inhumanas” en las que se mantiene en cuarentena a estas personas en la frontera colombo-venezolana afecta este derecho.

 Derecho a vivir una vida libre de violencia. Se advierte que las mujeres y niñas venezolanas “se encuentran en grave riesgo de ser víctimas de trata, explotación sexual, violencia sexual y violencia reproductiva.

En el caso de la salud sexual y reproductiva, las barreras para acceder a estos servicios de salud son mayores en pandemia. “Estas barreras se traducen en la ausencia de métodos anticonceptivos, deficiencias en la atención en salud materno infantil, falta de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y falta de aplicación del protocolo de atención a víctimas de violencia sexual”, advierte Selene Soto, miembro de la organización Women’s Link y Redac.

Fuente https://efectococuyo.com/politica/pandemia-agrava-violacion-de-ddhh-de-venezolanos-en-el-exterior-segun-redac/

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