Inicio Política Fiscalía archivó expediente de corrupción de ex ministro venezolano detenido en España

Fiscalía archivó expediente de corrupción de ex ministro venezolano detenido en España

Hace 14 meses (Agosto 2016), el Ministerio Público desistió de investigar a dos ex altos funcionarios del Gobierno previamente imputados por corrupción en el sistema eléctrico nacional. Como consecuencia de ello, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia ordenó archivar el expediente abierto contra Nervis Villalobos y Javier Alvarado Ochoa, ex viceministros del Ministerio de Energía y Petróleo, según se lee en la sentencia N° 002 del 13-2-17.

Villalobos fue detenido en Madrid, España, el pasado 28 de Octubre por órdenes de Estados Unidos donde es investigado por blanqueo de capitales provenientes de “facturas infladas” originadas en contrataciones con Pdvsa.

Pero aquí en Venezuela, a Villalobos se le investigaba desde el 30 de marzo de 2015; es decir, nueve años después de su salida del viceministerio de Desarrollo Eléctrico. Tal investigación fue abierta por la Fiscalía 25° Nacional a raíz de una denuncia que recibió de parte de Incary Guerra Torres, Gerente Nacional de Litigio de Corpoelec.

En concreto denunció presuntos hechos de corrupción relacionados con el pago de comisiones en divisas para la contratación de empresas españolas que ejecutarían la Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado (Planta Termo Centro) ubicada en los Valles del Tuy (Mir). Tal contratación se realizó durante la gestión de Nervis Gerardo Villalobos.

“La empresa española Duro Felguera pagó un total de 50 millones de dólares al mencionado funcionario por concepto de comisiones, hechos que actualmente se investigan en el país europeo por presunta legitimación de capitales”, dijo el denunciante al Ministerio Público.

Pero al pasar año y medio de investigaciones, específicamente el 25 de julio de 2016, el Ministerio Público, denunció ante la Sala Penal del TSJ irregularidades en la tramitación de la orden de aprehensión solicitada contra los dos altos funcionarios del Ministerio de Energía y Petróleo; esto es, Villalobos y Alvarado Ochoa.

Específicamente denunciaron que la Sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas dejó sin efecto la privativa de libertad dictada el 23-4-15 contra Villalobos y Ochoa así como la congelación de sus bienes. Ya antes otra instancia (el Tribunal 37 de Control de Caracas) había favorecido a los funcionarios investigados con una medida similar.

La vuelta atrás. Para resolver esa situación, el despacho de la entonces fiscal Luisa Ortega Díaz, solicitó a la Sala Penal que se avocara y restableciera la orden de aprehensión contra Nervis Villalobos y Javier Ochoa, así como la prohibición de, bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias. Ambos ex funcionarios están imputados por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, legitimación de capitales y asociación.

Sin embargo,  al mes siguiente de toda esa denuncia el mismo Ministerio Público se echó para atrás. Y es así que el 5 de agosto de 2016, la secretaría de la Sala Penal recibió un escrito “donde la representación del Ministerio Público, alegó abandonar el ejercicio de esa figura del avocamiento”, según quedó asentado en la sentencia.

El escrito del Ministerio Público no sobrepasa las 25 líneas. No abunda en el por qué desisten de proseguir con la investigación penal emprendida contra el ex presidente de Corpoelec y el ex viceministro. Solo se remiten a exponer el sustento legal que respalda la decisión. “Por tal motivo se solicita que una vez emitido el pronunciamiento que corresponda, se proceda al archivo del expediente”, indican.

Archivado. Los magistrados de la Sala Penal evalúan el asunto y concluyen que la petición del Ministerio Público “se encuentra ajustada a derecho” y en consecuencia le dan el visto bueno en su sesión del 13 de febrero del 2017.

Otra Sala del máximo tribunal del país se había adelantado y emitido una decisión similar. Se trata de la Sala Constitucional, cuyos magistrados reunidos el 9 de diciembre de 2016, también convalidaron la petición del Ministerio Público de dejar sin efecto un recurso de amparo que buscaba restablecer la orden de aprehensión contra Nervis Villalobos y Javier Alvarado Ochoa.

Dicha acción fue interpuesta el 2 de agosto de 2016 por los mismos fiscales que accionaron ante la Sala Penal: Dayiso Fernándo Rodríguez Arriechi e Ivanna Nazareth González; fiscal provisorio el primero y auxiliar 93° la segunda, a nivel nacional en materia contra la corrupción.

De los siete magistrados de la Sala Constitucional, dos salvaron su voto en esa decisión. Carmen Zuleta de Merchán y Luis Fernando Damiani Bustillos. Para la magistrada Carmen Zuleta, la Sala Constitucional no debió avalar la petición del Ministerio Público de dejar sin efecto las denuncias vertidas contra la investigación seguido a Nervis Villalobos y Javier Ochoa, porque “los delitos objeto del proceso penal no permiten el enjuiciamiento en libertad, conforme con lo señalado en el parágrafo único del artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal”.

Zuleta de Merchán advierte a sus colegas que la decisión tomada por la mayoría contradice flagrantemente la ley y con ello “se fomenta la impunidad de los delitos contra el Fisco Nacional”.

Por su parte el magistrado Damiani Bustillos pone el acento en un hecho curioso como lo es el rápido cambio de opinión del Ministerio Público respecto a los ex funcionarios investigados. Apunta Damiani Bustillos que la Fiscalía ejerció el amparo contra la decisión que anuló la orden de aprehensión contra los presuntos corruptos emitida el 2 de agosto por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas.

“Y la propia parte accionante (Ministerio Público) desistió tan solo tres días después, esto es el 5 de agosto de 2016, sin que pueda evidenciarse del texto del fallo que en ese periodo hayan cambiado los términos del fallo impugnado”, acota el magistrado quien sospecha que con la decisión de sus colegas de Sala Constitucional se están afectado las buenas costumbres y valores que inspiran el ordenamiento jurídico para favorecer “los intereses particulares de los imputados”.

El actual fiscal general, Tarek William Saab ha denunciado que en el Ministerio Público funcionaba una red de extorsión, para sacarle dinero a los investigados a cambio de “blanquearle” sus expedientes. Por esa red está preso el abogado Rafael Parra Saluzzo, quien ha prometido develar la trama de corrupción, según información ofrecida por Saab a través de varias ruedas de prensa.

Fuente http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/politica/fiscalia-archivo-expediente-de-corrupcion-de-ex-ministro-venezolano-detenido-en-espana/

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Villalobos fue detenido en Madrid, España, el pasado 28 de Octubre por órdenes de Estados Unidos donde es investigado por blanqueo de capitales provenientes de “facturas infladas” originadas en contrataciones con Pdvsa.

Pero aquí en Venezuela, a Villalobos se le investigaba desde el 30 de marzo de 2015; es decir, nueve años después de su salida del viceministerio de Desarrollo Eléctrico. Tal investigación fue abierta por la Fiscalía 25° Nacional a raíz de una denuncia que recibió de parte de Incary Guerra Torres, Gerente Nacional de Litigio de Corpoelec.

En concreto denunció presuntos hechos de corrupción relacionados con el pago de comisiones en divisas para la contratación de empresas españolas que ejecutarían la Central Termoeléctrica de Ciclo Combinado (Planta Termo Centro) ubicada en los Valles del Tuy (Mir). Tal contratación se realizó durante la gestión de Nervis Gerardo Villalobos.

“La empresa española Duro Felguera pagó un total de 50 millones de dólares al mencionado funcionario por concepto de comisiones, hechos que actualmente se investigan en el país europeo por presunta legitimación de capitales”, dijo el denunciante al Ministerio Público.

Pero al pasar año y medio de investigaciones, específicamente el 25 de julio de 2016, el Ministerio Público, denunció ante la Sala Penal del TSJ irregularidades en la tramitación de la orden de aprehensión solicitada contra los dos altos funcionarios del Ministerio de Energía y Petróleo; esto es, Villalobos y Alvarado Ochoa.

Específicamente denunciaron que la Sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas dejó sin efecto la privativa de libertad dictada el 23-4-15 contra Villalobos y Ochoa así como la congelación de sus bienes. Ya antes otra instancia (el Tribunal 37 de Control de Caracas) había favorecido a los funcionarios investigados con una medida similar.

La vuelta atrás. Para resolver esa situación, el despacho de la entonces fiscal Luisa Ortega Díaz, solicitó a la Sala Penal que se avocara y restableciera la orden de aprehensión contra Nervis Villalobos y Javier Ochoa, así como la prohibición de, bloqueo e inmovilización de cuentas bancarias. Ambos ex funcionarios están imputados por la presunta comisión de los delitos de peculado doloso propio, legitimación de capitales y asociación.

Sin embargo,  al mes siguiente de toda esa denuncia el mismo Ministerio Público se echó para atrás. Y es así que el 5 de agosto de 2016, la secretaría de la Sala Penal recibió un escrito “donde la representación del Ministerio Público, alegó abandonar el ejercicio de esa figura del avocamiento”, según quedó asentado en la sentencia.

El escrito del Ministerio Público no sobrepasa las 25 líneas. No abunda en el por qué desisten de proseguir con la investigación penal emprendida contra el ex presidente de Corpoelec y el ex viceministro. Solo se remiten a exponer el sustento legal que respalda la decisión. “Por tal motivo se solicita que una vez emitido el pronunciamiento que corresponda, se proceda al archivo del expediente”, indican.

Archivado. Los magistrados de la Sala Penal evalúan el asunto y concluyen que la petición del Ministerio Público “se encuentra ajustada a derecho” y en consecuencia le dan el visto bueno en su sesión del 13 de febrero del 2017.

Otra Sala del máximo tribunal del país se había adelantado y emitido una decisión similar. Se trata de la Sala Constitucional, cuyos magistrados reunidos el 9 de diciembre de 2016, también convalidaron la petición del Ministerio Público de dejar sin efecto un recurso de amparo que buscaba restablecer la orden de aprehensión contra Nervis Villalobos y Javier Alvarado Ochoa.

Dicha acción fue interpuesta el 2 de agosto de 2016 por los mismos fiscales que accionaron ante la Sala Penal: Dayiso Fernándo Rodríguez Arriechi e Ivanna Nazareth González; fiscal provisorio el primero y auxiliar 93° la segunda, a nivel nacional en materia contra la corrupción.

De los siete magistrados de la Sala Constitucional, dos salvaron su voto en esa decisión. Carmen Zuleta de Merchán y Luis Fernando Damiani Bustillos. Para la magistrada Carmen Zuleta, la Sala Constitucional no debió avalar la petición del Ministerio Público de dejar sin efecto las denuncias vertidas contra la investigación seguido a Nervis Villalobos y Javier Ochoa, porque “los delitos objeto del proceso penal no permiten el enjuiciamiento en libertad, conforme con lo señalado en el parágrafo único del artículo 237 del Código Orgánico Procesal Penal”.

Zuleta de Merchán advierte a sus colegas que la decisión tomada por la mayoría contradice flagrantemente la ley y con ello “se fomenta la impunidad de los delitos contra el Fisco Nacional”.

Por su parte el magistrado Damiani Bustillos pone el acento en un hecho curioso como lo es el rápido cambio de opinión del Ministerio Público respecto a los ex funcionarios investigados. Apunta Damiani Bustillos que la Fiscalía ejerció el amparo contra la decisión que anuló la orden de aprehensión contra los presuntos corruptos emitida el 2 de agosto por la Sala 3 de la Corte de Apelaciones de Caracas.

“Y la propia parte accionante (Ministerio Público) desistió tan solo tres días después, esto es el 5 de agosto de 2016, sin que pueda evidenciarse del texto del fallo que en ese periodo hayan cambiado los términos del fallo impugnado”, acota el magistrado quien sospecha que con la decisión de sus colegas de Sala Constitucional se están afectado las buenas costumbres y valores que inspiran el ordenamiento jurídico para favorecer “los intereses particulares de los imputados”.

El actual fiscal general, Tarek William Saab ha denunciado que en el Ministerio Público funcionaba una red de extorsión, para sacarle dinero a los investigados a cambio de “blanquearle” sus expedientes. Por esa red está preso el abogado Rafael Parra Saluzzo, quien ha prometido develar la trama de corrupción, según información ofrecida por Saab a través de varias ruedas de prensa.

Fuente http://www.ultimasnoticias.com.ve/noticias/politica/fiscalia-archivo-expediente-de-corrupcion-de-ex-ministro-venezolano-detenido-en-espana/

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